Luego, la profesora nos compartió mediante su blog una serie de preguntas acerca de la investigación social desarrollada en todo el libro. A continuación les dejo mi análisis:
2. PRINCIPALES CONCEPTOS
Red conceptual hecha con la aplicación "Popplet" online.
3. LÍNEA DE TIEMPO: “Historia y Legislación”
*1797: 68 mujeres convictas, en vez de ser trasladadas a la colonia penal en Australia, terminaron en Sudamérica. Un motín de una fragata, la fragata Lady Shore, produjo que esta embarcación se desviara hacia Montevideo. Tiempo después, estas mujeres y los tripulantes fueron desplazados hacia Buenos Aires.
*1874-1875: durante la gestión del gobernador de Buenos Aires, Alvaro Barros, la norma dictada en este periodo sirvió para perseguir a la “prostitución clandestina”. De esta manera, se fortaleció el negocio de los proxenetas (principales implicados en el delito de trata de personas)
*1875: ORIGEN DEL MODELO REGLAMENTARISTA (el “Reglamento sobre Prostitución” fue la primera norma en considerar y reflexionar el comercio sexual)
*1875-1914: llegaron a la Argentina más de cinco millones de extranjeros (el 14% del movimiento migratorio mundial)
*Finales del siglo.XIX: una de las corrientes inmigratorias más numerosas que tuvo la República de Argentina fue la judía.
*Primeros años del siglo XX: a nivel mundial, la trata comenzó a ser denunciada públicamente.
*1906: “Varsovia”, una Sociedad Israelita de Socorros Mutuos constituída por un grupo de inmigrantes judíos.
*1910: advertencia a aquellos efectivos que participaran de fiestas y banquetes organizados por los caftenes ya que, sino, serían expulsados.
*1913: el proyecto elaborado por el diputado socialista Alfredo Palacios fue convertido en ley por el Congreso de la Nación. Se trató de la ley 9143, que reformó el Código Penal.
*1927: La “Varsovia” pasó a llamarse Sociedad de Socorros Mutuos, Sinagoga y Cementerio Zwi Migdal a raíz de las autoridades polacas en la Argentina ya que consideraban como una ofensa que aquella entidad tenebrosa, peligrosa, utilizara el nombre de la capital del país europeo como parte del nombre de la sociedad.
*1929: el juez de instrucción Manuel Rodríguez Ocampo abrió una causa con respecto al caso de Raquel Liberman, una polaca que había sido engañada por un caften de la Zwi Migdal y obligada a ejercer la prostitución, para investigar el accionar de esta sociedad nombrada anteriormente.
*1930: Manuel Rodríguez Ocampo dictó la prisión preventiva de 108 rufianes, acusándolos de corrupción y asociación ilícita; la Cámara de Apelaciones confirmó la prisión de preventiva de sólo tres de ellos; a José Korn (hombre de la Zwi Migdal) le aplicaron 10 años de prisión por el engaño y sometimiento de Raquel Liberman; los hombres de esta sociedad oscura fueron expulsados a Uruguay.
*1934: la ordenanza municipal 5953 determinó la clausura de los prostíbulos porteños.
*1936: se sancionó la ley 12.331 de profilaxis de las enfermedades sexuales.
*1944: la estricta prohibición de la ley 12.331 fue aminorada, modificándose para permitir la instalación de prostíbulos en cercanías de cuarteles militares.
*1949: La ONU aprobó el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y la Explotación de la Prostitución Ajena; los Estados se comprometieron a tomar medidas para castigar el rufianismo.
*1956: aprobada la Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud.
*1968: la ley 17.567 reformó el Código Penal. En su artículo 127 bis, estableció una pena de 3 a 6 años de prisión a quienes promovieran la entrada/salida de jóvenes menores o mujeres para ejercer la prostitución.
*1989: Convención sobre los Derechos del Niño
*1999: la legislación argentina sancionó la ley 25.087, que también incluyó una modificación en los medios comisivos contemplados en su artículo 126, donde se sanciona el proxenetismo; el artículo 127 bis del Código Penal fue reformado y contempló una pena de prisión/reclusión de 4 a 10 años. Incluyó que el sujeto pasivo sea menor de 13 años, o cuando hubiere mediado violencia, o existiera algún vínculo particular entre la víctima y el victimario.
*2000: Protocolo Relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de los Niños en la Pornografía
*2002: la Convención de las Naciones Unidas sobre la Delincuencia Organizada Transnacional junto con su Protocolo contra la Trata de Personas fueron aprobados en la Argentina a través de la ley 25.632
*2006: la Argentina, en el marco del Mercosur, firmó el Plan de Acción para la Lucha contra la Trata de Personas.
*Abril 2008: Argentina estandarizó el delito de trata de personas mediante la ley 26.364.
*Septiembre 2011: el Senado de la Nación aprueba una reforma a la ley 26.364 (“Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas)
4. LAS REDES DE TRATA
Etapa de captación: se desarrolla en el lugar de origen de las víctimas; las principales provincias de captación son Misiones, Corrientes, Formosa, Chaco, norte de Sta. Fé, Salta, Tucumán y Jujuy; la figura que se mueve es el reclutador (a veces extraña a sus futuras víctimas y a sus entornos, pero en otras conocidos de alguna amiga, vecina, entre otros); este proceso puede darse a través de diarios o engañosas propuestas laborales; incluye un mínimo trabajo de “inteligencia”. Se han registrado casos en los que los proxenetas han participado de esta etapa; se captan miles de bolivianos, paraguayos, peruanos que termina trabajando, en condiciones inhumanas, en talleres clandestinos, agricultura, construcción y más.
Etapa de transporte: los reclutadores se encargan del acompañamiento de sus víctimas hasta el lugar de la explotación, o hasta donde se entregan a las mujeres para la próxima instancia de la red. Este traslado se efectúa en transportes públicos ya que no deben ser reconocidas como mujeres explotadas. Por eso es que deciden un lugar público para mezclarse con otras personas y evitar así sospecha alguna.
Etapa de explotación: los actores involucrados en esta etapa son los regentes de los prostíbulos (encargados de la administración de los burdeles o whiskerías; adoctrinamiento de las mujeres) y los proxenetas (colocan a las mujeres en distintos prostíbulos para la obtener una ganancia de la actividad de las jóvenes; son personas beneficiadas directamente con el comercio sexual); los funcionarios públicos por su nivel de complicidad con las redes; los policías que protegen a los explotadores. Las personas reclutadas en la etapa de captación son explotadas en la ciudad de Buenos Aires, Córdoba, La Pampa, Río Negro, Chubut y Santa Cruz.
5. PERFIL DE LAS VÍCTIMAS Y DE LOS CLIENTES
VÍCTIMAS: vulnerabilidad en el plano psicológico, social y económico; el 26% de las víctimas son menores de edad, cuando la edad promedio en la Argentina es superior a los 20 años; presentan dificultades para el acceso a la educación formal; alto nivel de conflictividad de sus familias; es común que hayan sufrido abusos de parte de sus padres o de sus novios; su situación de vulnerabilidad es mayor en las víctimas de trata con fines de explotación sexula que son reclutadas en países limítrofes; sufren de una especie de reciclaje; es habitual convertirlas en cómplice de su victimario; sufren de tensión extrema, lo que provoca una disociación; estrés postraumático; contagio de enfermedades de transmisión sexual por la brutal explotación; su explotación no es visualizada (es un delito presente pero invisible); exposición de la genitalidad; se van conformando socio-históricamente (la sociedad las ubica en el lugar de explotadas mucho antes de la etapa de captación).
CLIENTES: llevan a cabo la práctica denigrante bajo el anonimato; practican la violencia de género contra la mujer, y no dejan de golpearlas hasta ser detenidos; se encuentra en un estado de inocencia. No quieren aceptar que la víctima es una víctima de trata de personas y que está allí fuera de su voluntad; piensan que pagan por un servicio que se les ofrece; pueden caminar entre nosotros, no tienen distinción alguna; no tienen por que pertenecer a una clase social determinada. Por eso no se les reconoce.
6. CONCEPTO DE CULTURA PATRIARCAL RELACIONADA CON ESTA PROBLEMÁTICA
La cultura patriarcal es, según el autor Alejandro Córdoba, un “espacio histórico de poder masculino que se caracteriza por el antagonismo genérico, la opresión de las mujeres y el dominio de los hombres y de sus intereses, plasmados en concepciones del mundo, normas y lenguajes”. Así, se ha instalado en la sociedad, más específicamente en los hombres, la concepción errónea de que el hombre puede disponer de la mujer a su gusto y conveniencia. Este pensamiento alienta la idea de los prostíbulos clandestinos y a su vez los protege, ya que la gente no los denuncia debido a que, aunque tal vez no lo admitan en público, les resulta algo aceptable.
7. EJEMPLOS DE POLÍTICAS PÚBLICAS LLEVADAS A CABO POR EL ESTADO EN TORNO A LA PROBLEMÁTICA
Durante la segunda mitad de la década de los ‘90, la crisis económica produjo altos niveles de desocupación laboral con la consecuente exclusión social de miles de personas. Esto favoreció el crecimiento de las redes de trata ya existentes. Sin embargo, el Estado permanecía ajeno a esta delicada e insuperable situación.
Tras la aprobación de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Delincuencia Organizada Transnacional y su Protocolo contra la Trata de Personas (2000), el Estado argentino se vió obligado a tomar medidas.
En el año 2007, a través del decreto 1281/07, se creó el Programa Nacional de Prevención y Erradicación de la Trata de Personas y de Asistencia a sus Víctimas. Consideró como sus objetivos la prevención de la revictimización, la organización de jornadas de difusión y la creación de un registro de datos vinculados al delito mencionado anteriormente. Más tarde, en el año 2008, la ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas fue aprobada por el Congreso de la Nación. En junio de este mismo año, el Estado creó la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata.
Por primera vez, el Estado asumía la trata como un delito y reconocía la necesidad de una atención especial de sus víctimas. Éste completa la asistencia a la víctima a través de la Dirección de Prevención de la Explotación Sexual Infantil y Trata de Personas, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
8. FUENTES CONSULTADAS
Datos bibliográficos:
- Carretero, Andrés. Prostitución en Buenos Aires. Buenos Aires. Buenos Aires, Corregidor, 2da edición, 1998
- ONU. “Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños”, en Buompadre, Jorge Eduardo (ed.). Trata de personas, migración ilegal y derecho penal. Córdoba, Alberoni, 2009.
Datos primarios:
- “El negocio grande que se esconde detrás de los prostíbulos en la ciudad de Buenos Aires es el tráfico de estupefacientes”, aseguró Gustavo Vera, titular de La Alameda, en una entrevista para esta investigación”.
- “El estado de vulnerabilidad se da en la familia de origen. Saben que la víctima hace un trabajo en otra provincia y aceptan recibir una vez cada tanto un mensaje de texto que la joven explotada nunca escribió sino que lo hacen los tratantes. Ellos además envían una pequeña suma de dinero cada mes, y eso hace que la familia piense que la chica está bien”, explicó, en una entrevista para esta investigación”.
Datos secundarios:
- Bauché, Hugo. “Trata de personas en la Argentina: Situación de las víctimas”, Revista del Ministerio Público, nro.9, (marzo de 2009)
- Scarsi, José Luis. “Cómo y por qué se formó la Zwi Migdal”, Revista Todo es Historia, nro.482 (septiembre de 2007), págs. 6-22.
9. ¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES CONCLUSIONES A LAS QUE ARRIBA EL AUTOR? ¿CORROBORAN LA HIPÓTESIS? ¿QUÉ OPINIÓN PERSONAL PODÉS SUMAR?
Podemos decir que el autor comprueba la hipótesis de su investigación: “la concepción de la trata de personas con fines de explotación sexual como una práctica social aceptada ha permitido el crecimiento de este delito, a la vez que dificultó su prevención y combate.”
El autor arriba a la conclusión que la prostitución es más bien vista como una actividad comercial tolerada e ideal, donde la oferta y la demanda se vinculan libremente. A su vez, Alejandro Córdoba, autor e investigador de su libro “Luces Rojas” comprueba que es necesaria la capacitación de trabajadores sociales pertenecientes a distintos organismos del Estado para que puedan prever que algún integrante de las familias afectadas puede ser víctima de algún engaño, ya sea por redes sociales, teléfono o en papel, que, lamentablemente, termine en su explotación por una red de trata. Por esto es necesario que los profesionales de la salud de los hospitales públicos alerten a estas familias sobre la necesidad de desconfiar de las propuestas laborales en las que se les promete un importante pago, aunque provengan de personas conocidas como vecinos, amigos, entre otras personas.
Para que todo esto concluya y sea eficiente para un futuro, con esto quiero decir para prevenir y seguir evitando estos engaños, el autor propone profundizar las campañas de información y concientización. Es necesario que el Estado elabore una campaña de comunicación estratégica de sensibilización en torno a este tema, ya sea mediante carteles callejeros, volantes, redes sociales, participación de personalidades públicas o de las propias víctimas, y a través de slogans.
En mi opinión, es importante lo que el autor plantea durante toda su investigación. Es muy necesario y se tendría que difundir urgente estos casos de prostitución clandestina para así seguir evitando casos donde las mujeres son engañadas, explotadas y usadas para un beneficio ajeno una vez más.
10. NOTA PERIODÍSTICA SOBRE LOS PROSTÍBULOS CLANDESTINOS
Uno no espera que en su país pasen estas cosas, o que camines por al lado de una víctima y que, en vez de que lo diga públicamente para pedir ayuda, se quedan calladas ya sea por temor o por falta de autoridad en sí mismas. Este es un caso de prostitución clandestina que ocurrió en la República de Argentina, provincia de La Pampa, Región Patagónica. Las víctimas eran mujeres de entre 20 y 27 años que provenían de Arequipa, Huánuco, Puno y Tacna, cuatro ciudades peruanas.
Gracias a una buena intervención de la policía, lograron salvar a 60 mujeres explotadas sexualmente en los prostíbulos clandestinos de la zona y detuvieron a 12 personas por presunto delito de trata de personas.
Se espera que en todos los casos de red de trata la policía intervenga en todo momento y que el Estado decida hacer más y más campaña para ayudar a estas pobres mujeres, algunas menores de edad y otras de entre 20 y 30 años. Y que ellas puedan decir libremente su experiencia de ser engañadas y cómo ayudar a las próximas víctimas para no padecerlo y estar al tanto de esta problemática social.